📒 Se consideran arrendamientos rústicos aquellos contratos mediante los cuales se ceden temporalmente una o varias fincas, o parte de ellas, para su aprovechamiento agrícola, ganadero o forestal a cambio de un precio o renta. El arrendamiento rústico es un contrato idóneo para que se cree una empresa agraria en régimen de tenencia indirecta de la tierra. Es decir,cuando el futuro empresario agrario, o bien no es titular de derecho de propiedad o de disfrute de una finca rústica, o bien cuando trata de ampliar los limites materiales de su explotación. En este manual, tras una introducción acerca del origen y evolución de este contrato en España, se analiza la legislación vigente en España a este respecto. Así, se analiza el Código Civil y la Ley 49/2003 así como su modificación de 2005. Del mismo modo, se recorren las distintas legislaciones forales (Galicia, Navarra, Cataluña, Islas Baleares, Aragón, País Vasco) existentes en España al respecto. Además, se estudian los arrendamientos históricos valencianos.